LA DESAPARICION DE MARITA VERON
MIERCOLES 3 DE ABRIL DE 2002
MARITA VERON: HOY Y SIEMPRE
El 3 de abril de 2002 Susana Trimarco y su
hija María de los Ángeles Verón, más conocida como Marita, se levantaron a las
7 de la mañana, compartieron unos mates y una charla amena con la alegría que
las caracterizaba. Susana tenía que hacer unos trámites. Marita también tenía
que salir y prometió hacer los quehaceres de la casa una vez que volviera.
Se puso una remera turquesa de su mamá,
porque hacía calor, un jean y unas zapatillas. Salió en puntitas de pie para
que no la escuche su hija Micaela, le dió un beso a Susana y se fue. Hizo unos pocos
pasos, se dió vuelta y dijo “Mamá, comprá la tintura porque mirá cómo tenemos
las raíces. Enseguida vuelvo” y se fue. Susana la miró mientras se iba, sin
saber que no la volvería a ver nunca más…
Marita tenía 23 años en aquel entonces.
María de los Ángeles Verón, Marita como le
dicen, desapareció el 3 de abril de 2002 cuando iba a una consulta ginecológica
cerca de su casa, en Tucumán, y desde ese día comenzó una búsqueda implacable
que al día de hoy lleva ya 14 años, 14 años en los cuales nada flaqueó la esperanza
de encontrarla.
Ese día su familia, al notar su prolongada
ausencia, decidieron salir a buscarla. Recorrieron la Maternidad y el parque
Avellaneda, fueron a los hospitales y, finalmente, a la Policía donde, cuenta
su mamá, no quisieron tomarle la denuncia. Algo estaba pasando, algo más
profundo.
Tres días después de su desaparición fue
descubierta por la Policía en la localidad de La Ramada, a más de 30 kilómetros
de Tucumán, con zapatos con tacos y no con las zapatillas que tenía. Parecía
“drogada”. Los uniformados la dejaron en un ómnibus que regresaba a Tucumán…
pero nunca llegó.
Los meses pasaban, la búsqueda proseguía y
las pistas afloraban. El caso tuvo múltiples testigos desde sus comienzos. De
acuerdo con la descripción de uno de ellos, habría sido secuestrada por gente
que bajó de un auto rojo. María Jesús Rivero, una de las imputadas, sería la
que ordenó la captura. En ese momento era dueña de la remisería Cinco
Estrellas, en uno de cuyos autos se habrían llevado a la joven.
Marita habría sido vendida a La Rioja,
para ser forzada a prostituirse en los locales de Lidia Irma
"Liliana" Medina, también imputada.
La investigación llegó hasta tres cabarets
riojanos, "Candy", "El Candilejas" y "El Desafío"
(hoy rebautizado "La Isla"), que operaban como tapaderas de
prostitución. Una de las mujeres liberadas gracias a la investigación declaró
haberla visto a Marita en "Candy", drogada, con peluca y lentes de
contacto celestes. Pero la perdió de vista.
Otra hipótesis giraba en torno a la posibilidad
de que Marita haya estado en algún lugar de Europa, ya que esta misma joven
dijo que escuchó a Liliana Medina burlarse: "Estos boludos la están
buscando en La Rioja y Marita está en España". Se consiguieron datos sobre
una red de prostitución en España, de la cual se rescataron a 17 mujeres, pero
Marita, lamentablemente, no fue encontrada entre ellas.
Un testimonio llevó a los investigadores
a buscar restos, aparentemente de ella, en Córdoba. Fue la primera vez que
se habló de "restos". Pero Susana sabía que no la iban a encontrar: "Mi
hija está viva. Es la luz de esperanza que tengo", dijo.
El juicio por el Caso Marita Verón comenzó
el 8 de febrero de 2012, y tuvo como acusados a 13 personas, 7 hombres y 6
mujeres vinculados al secuestro y la promoción de la prostitución, además de
más de 150 testigos.

Luego de varias postergaciones, el 11
de diciembre de 2012 el Tribunal compuesto por los jueces Eduardo
Antonio Romero Lascano, Alberto Piedrabuena y Emilio Herrera Molina
dictaron la absolución de los 13 imputados.
Los abogados de la familia Verón
presentaron inmediatamente la apelación en la Cámara de Casación, al tiempo que
hicieron un pedido de Juicio Político a los magistrados, por mal desempeño al
maltratar y discriminar a las víctimas durante su declaración testimonial en el
proceso.
REPERCUSIONES
DE LA ABSOLUCIÓN
Los manifestantes de organizaciones de
izquierda destrozaron el frente de la Casa de Tucumán, ubicada en pleno
microcentro porteño y se enfrentaron con la policía.
Otra manifestación tuvo lugar en
tribunales, liderada por organizaciones kirchneristas como La Cámpora, Nuevo
Encuentro, JP Descamisados y agrupaciones feministas.
La entonces presidenta Cristina Fernández
de Kirchner, conmovida por la absolución, contó que cuando habló con la madre
de la víctima, la escuchó convencida de seguir luchando.
Beatriz Rojkés de Alperovich, senadora y
esposa del gobernador de Tucumán, aseguró que “La prostitución existe y va a
seguir existiendo”, lo que produjo la indignación de Susana Trimarco que
contestó: “Acá estamos hablando de trata, no de prostitución. ¿Cómo puede decir
algo así?”. Pero la esposa de José Alperovich se retractó y aseguró que tanto
su marido, como ella y como toda la gente que quiere que se haga justicia, van
a seguir luchando hasta las últimas consecuencias.
Por su parte, Susana Trimarco calificó la
sentencia de vergonzosa y sostuvo “voy a seguir luchando para encontrar a
Marita, ya que hoy empieza otra etapa de esta lucha por la justicia”.
También reveló que había recibido una
carta en la que le indicaban que Rubén “La Chancha” Ale, uno de los imputados,
había puesto una cantidad de dólares a los jueces para realizar la absolución
de los acusados.
El repudio fue unánime, hubo marchas en
todo el país, incluso Padreo Mouratian, el interventor del INADI afirmó que “La
sociedad argentina no puede ni debe permitirse un retroceso de estas
características”.


JURY
A LOS JUECES

Luego de la decisión tomada el 11 de diciembre de 2012, donde los 13 imputados por el secuestro de Marita Verón, fueron absueltos por decisión de los 3 jueves a cargo de la causa, Emilio Herrera Molina, Alberto César Piedrabuena y Edmundo Antonio Romero Lascano, comenzó a gestarse un posible juicio político hacia estos jueces.
Tras 10 años de la desaparición de Marita
y esta decisión inadmisible de los jueces, Susana Trimarco presentó en la
Legislatura de Tucumán el pedido de destitución de los integrantes de la Sala Dos
de la Cámara Penal.
El sustento de esta presentación para
realizar el Jury, radicó fundamentalmente, en que el enjuiciamiento incurrió en
un mal comportamiento y numerosas irregularidades por parte de este Tribunal
Judicial.
Por otro lado, mientras esto comenzó a
gestarse, uno de los jueces, más precisamente, Emilio Herrera Molina se
anticipó a esta situación y renunció a su cargo, basado en su trámite para el
inicio de su jubilación y así quedar exento de ser enjuiciado por la decisión
tomada en conjunto con Piedrabuena y Romero Lascano.
Mientras el 3 de abril de 2013, la
Comisión de Juicio Político de la Legislatura provincial había aprobado la
acusación efectuada hacia los magistrados, dos días más tarde, La Corte
tucumana impidió el Jury a estos jueces y a partir de allí comenzó a buscarse
la forma para revocar la cautelar que protegía a los magistrados, algo que
jamás se logró.


La Corte Suprema de Justicia de Tucumán
revocó el 17 de diciembre de 2013 el fallo realizado a favor de los 13
imputados, que habían sido absueltos por la desaparición de María de los
Ángeles tras la apelación efectuada por, su mamá, Susana Trimarco.De aquellas iniciales 13 personas acusadas, tan solo fueron condenados 10 de ellas, debido al fallecimiento de la principal acusada, Irma Lidia Medina, y la nueva absolución de otros dos implicados más.
Ante esta decisión revocatoria, Susana Trimarco,
la querella y la fiscalía exigieron la “detención inmediata” y “pena máxima”
para estos 10 imputados y reclamaron que la condena fuese desde los 12 hasta
los 25 años de prisión para estos acusados. NUEVAS CONDENAS PARA LOS ACUSADOS
El segundo juicio finalmente se llevó acabo el 8 de abril del 2014, durante la
mañana de aquel día, el tribunal tucumano leyó en 10 minutos las penas que
debían cumplir cada uno de los culpables del crimen de secuestro y explotación
sexual contra María de los Ángeles Verón. Cincuenta personas, presenciaron el
momento en el que los jueces leyeron las penas a los condenados, que recibieron
encarcelamientos que oscilaban entre los 10 y los 22 años.
Daniela Milhein y Andres Gonzalez
recibieron 18 años, José y Gonzalo Gomez 17 años; Cynthia Gaitán y Mariana
Bustos recibieron 10 años; María Marquez, 15 años; Carlos Luna, 17 años
tambien. Domingo Andrada, 17 años y Humberto Derobertis, 12 años. La mayor
parte de los acusados recibieron cárcel con prisión preventiva, en tanto,
Gaitán recibió un beneficio en su domicilio debido a su condición de madre con
5 hijos.

Tras las resoluciones brindadas por las autoridades contra los acusados por el crimen de "Marita", los criminales aguardaron su traslado a los sitios correspondientes donde cumplieron sus condenas. Mientras que los hombres fueron llevados hacia la unidad penitenciaria ubicada en la zona de Villa Urquiza, cerca de la capital tucumana, en tanto, las mujeres cumplieron su condena en diferentes unidades carcelarias del mismo área, ya sea en la Brigada Femenina como en cárceles para mujeres o en centros de detención en las afueras de la ciudad.
Los abogados defensores y familiares de algunos de los culpables buscaron apelar a los fallos contra los sentenciados pero la justicia de la provincia de Tucumán desestimó estos planteos porque las sentencias aún no habían sido dictadas así que este recurso extraordinario quedo anulado.
MODIFICACIONES
EN LA LEY DE TRATA DE PERSONAS
El Congreso sancionó, el 19 de diciembre
del 2012, la ley 26.842 que modificó la normativa sobre la prevención y sanción
de los crímenes relacionados a la trata de personas así como la asistencia a su
víctimas en el marco de la etapa posterior al primer juicio realizado por el
crimen de "Marita" Verón, quien fue secuestrada y desaparecida en la
provincia de Tucumán por un grupo de personas que formaban parte de una red
ilegal de prostitución.La ley 26.842 reformuló la anterior 26.364 para ahondar en las medidas a tomarse contra este tipo de actos de criminalidad, en tanto, a partir de este emprendimiento también se creó el Consejo General para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, cuya finalidad es coordinar diferentes organismos e instituciones para combatir los actos delictivos relativos a la explotación de personas con fines proxenetas.

Este marco legal, aparte de coordinar y combatir, también promueve el tratamiento adecuado asistencial a aquellas personas que hayan logrado escapar de esta situación, en tanto, no solo reacciona ante los hechos cuando ocurren sino que buscan prevenirlos, detectarlos con anticipación bajo la aplicación del Sistema Sincronizado de Denuncias sobre Delitos de Explotación de Personas.
Por otro lado, la nueva ley, también, remplaza al artículo 125 bis, perteneciente al Código Penal, que condena a prisión a quienes promuevan la prostitución "aunque mediare el consentimiento de la víctima". La sustitución de esta parte apunta a facilitar el proceso penal porque en muchas ocasiones, la víctima afirmaba que lo que hacía era bajo su propia voluntad cuando en realidad declaraba eso bajo amenazas por parte de sus captores que se encontraban procesados.
Otro artículo que remarcaba el "consentimiento de la víctima" era también el artículo 145 bis del código Código Penal que castigaba a quienes ofreciesen, captasen, trasladasen, recibieran o acogieran individuos con fines de prostitución con su "consentimiento", esto fue modificado.
El artículo 27 de este nuevo estamento del
Código Procesal Penal ordena que los interrogatorios a quienes padecieron estos
delitos sean realizados por un psicólogo profesional designado por el Tribunal correspondiente para evitar ser
interrogados por las partes.
El procedimiento de interrogatorio debe hacerse cuando se cuenten con los recursos necesarios, para eso, debe realizarse en una "Sala Gesell" junto con un soporte audiovisual para evitar que ese diálogo entre la víctima y el interrogador tenga que ser reiterado nuevamente durante sesiones judiciales posteriores. Este marco legal también indica que cuando la víctima deba reconocer objetos o lugares, lo tiene que hacer en compañía de un profesional señalado por el Tribunal pero sin la presencia del imputado.
El procedimiento de interrogatorio debe hacerse cuando se cuenten con los recursos necesarios, para eso, debe realizarse en una "Sala Gesell" junto con un soporte audiovisual para evitar que ese diálogo entre la víctima y el interrogador tenga que ser reiterado nuevamente durante sesiones judiciales posteriores. Este marco legal también indica que cuando la víctima deba reconocer objetos o lugares, lo tiene que hacer en compañía de un profesional señalado por el Tribunal pero sin la presencia del imputado.

Hoy en día y ya a 14 años de la desaparición de Marita Verón, las novedades son cada vez menos y las noticias comienzan a minimizarse, pero las repercusiones y transformaciones de este caso lo han colocado como uno de los más emblemáticos de la historia argentina.
Esta pelea continúa intacta hasta el día
de hoy, con su madre, Susana Trimarco, una mujer incondicional a su hija, quién
la buscó permanentemente y desde hace un tiempo a esta parte, lo hace con su
nieta e hija de Marita, Micaela Catalán. Ambas, continúan incansablemente con
la búsqueda de Marita, a quién, aún, esperan encontrar con vida.

Marita
Verón: Hoy y siempre.










